Legislación › Ley 1/1987, de 31 de marzo, Electoral Valenciana.
Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria primera.
En tanto no se constituya el Tribunal Superior de Justicia Valenciano las referencias hechas al mismo en los preceptos de la presente Ley se entenderán efectuadas a la Audiencia Territorial de Valencia a todos los efectos.
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