Legislación › Real Decreto 380/1988, de 22 de abril, de creación de un Registro Especial de Empresas de Comercio Exterior.
Art. 7.º
Art. 7.º
1. (Derogado)
2. El funcionamiento de la Comisión Reguladora se ajustará a lo previsto para los Órganos colegiados por la Ley de Procedimiento Administrativo.
Se deroga el apartado 1 por la disposición derogatoria única y anexo del Real Decreto 776/2011, de 3 de junio. BOE-A-2011-9736.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 5 de junio de 2011 En vigor | BOE-A-2011-9736 | Leer | Qué cambió |
| 27 de abril de 1988 | Texto original | Leer |


