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Legislación › Real Decreto 396/1988, de 25 de abril, por el que se desarrolla el artículo 72 de la Ley de Propiedad Intelectual sobre control de tirada.

Artículo 7.

Artículo 7.

La inclusión en el contrato de edición de cualquier procedimiento específico de numeración o contraseñado eximirá al editor de la obligación establecida en el artículo 2.º Del mismo modo, tampoco procederá realizar las diligencias de comprobación previstas en los artículos 3.º, 4.º y 5.º del presente Real Decreto.

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