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Legislación › Real Decreto 434/1988, de 6 de mayo, sobre reestructuración de la Casa de S. M. el Rey.

Disposición adicional primera.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 11 de mayo de 1988 y la del 8 de agosto de 2010. Tachado: lo que se quitó (12 palabras). Subrayado: lo que se añadió (3 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional primera.
El Jefe de la Casa, el Secretario general, los titulares de Agrupaciones a que se refiere el apartado 3 Jefe del artículo 4.º Cuarto Militar y el personal de Dirección percibirán. respectivamente, las retribuciones que en los Presupuestos Generales del Estado se atribuyen a Ministros. Secretarios de Estado. Subsecretarios y Directores generales.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
8 de agosto de 2010 En vigor BOE-A-2010-12704 Leer Qué cambió
11 de mayo de 1988 Texto original Leer

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