Legislación › Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.
Artículo 114. Deberes de los administradores.
Artículo 114. Deberes de los administradores.
(Derogado)
Se derogan los apartados 2 y 3 por la disposición final 5.28 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo. BOE-A-2011-4117.
Se derogan los apartados 1 y 4 por la disposición derogatoria única.4 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio. BOE-A-2010-10544
Se añade el apartado 4 por la disposición adicional 4.1 de la Ley 19/2005, de 14 de noviembre. BOE-A-2005-18667
Se añade por el art. 1.1 de la Ley 26/2003, de 17 de julio. BOE-A-2003-14405
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 6 de marzo de 2011 En vigor | BOE-A-2011-4117 | Leer | Qué cambió |
| 1 de septiembre de 2010 | BOE-A-2010-10544 | Leer | Qué cambió |
| 16 de noviembre de 2005 | BOE-A-2005-18667 | Leer | Qué cambió |
| 19 de julio de 2003 | BOE-A-2003-14405 | Leer |


