Legislación › Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos.
Art. 42. Formalización de los documentos de traslado.
Art. 42. Formalización de los documentos de traslado.
El documento de control y seguimiento de traslado de residuos tóxicos y peligrosos, así como la información que sobre el mismo se remita al Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, se efectuará con arreglo al modelo establecido en el Anexo V del presente reglamento. Esta documentación se gestionará electrónicamente cuando la tramitación por esta vía se encuentre disponible.
Se modifica por el art. 7.5 del Real Decreto 367/2010, de 26 de marzo. BOE-A-2010-5037.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 28 de marzo de 2010 En vigor | BOE-A-2010-5037 | Leer | Qué cambió |
| 19 de agosto de 1988 | Texto original | Leer |


