Legislación › Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos.
Art. 42. Formalización de los documentos de traslado.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 19 de agosto de 1988 y la del 28 de marzo de 2010.
Tachado: lo que se quitó (23 palabras). Subrayado: lo que se añadió (45 palabras).
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Art. 42. Formalización de la notificación. los documentos de traslado.
La constancia documental El documento de intervención a que se refiere el artículo anterior, control y en todo caso seguimiento de traslado de residuos tóxicos y peligrosos, así como la información que sobre ella el mismo se remita al Ministerio de Obras Públicas Medio Ambiente, y Urbanismo, Medio Rural y Marino, se efectuarán efectuará con arreglo al modelo establecido en el anexo Anexo V del presente Reglamento. reglamento. Esta documentación se gestionará electrónicamente cuando la tramitación por esta vía se encuentre disponible.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 28 de marzo de 2010 En vigor | BOE-A-2010-5037 | Leer | Qué cambió |
| 19 de agosto de 1988 | Texto original | Leer |


