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Legislación › Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos.

Art. 42. Formalización de los documentos de traslado.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 19 de agosto de 1988 y la del 28 de marzo de 2010. Tachado: lo que se quitó (23 palabras). Subrayado: lo que se añadió (45 palabras). Volver al texto en vigor

Art. 42. Formalización de la notificación. los documentos de traslado.
La constancia documental El documento de intervención a que se refiere el artículo anterior, control y en todo caso seguimiento de traslado de residuos tóxicos y peligrosos, así como la información que sobre ella el mismo se remita al Ministerio de Obras Públicas Medio Ambiente, y Urbanismo, Medio Rural y Marino, se efectuarán efectuará con arreglo al modelo establecido en el anexo Anexo V del presente Reglamento. reglamento. Esta documentación se gestionará electrónicamente cuando la tramitación por esta vía se encuentre disponible.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
28 de marzo de 2010 En vigor BOE-A-2010-5037 Leer Qué cambió
19 de agosto de 1988 Texto original Leer

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