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Legislación › Real Decreto 927/1988, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Administración Pública del Agua y de la Planificación Hidrológica, en desarrollo de los títulos II y III de la Ley de Aguas.

Artículo 18.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 21 de febrero de 1992 y la del 7 de abril de 1994. Tachado: lo que se quitó (10 palabras). Subrayado: lo que se añadió (19 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 18.
1. Componen la Comisión Permanente del Consejo Nacional del Agua el Presidente, los Vicepresidentes y el Secretario general del mismo; el Director general de Obras Hidráulicas, el Director general de Calidad de las Aguas, el Director general de Política Ambiental, el Director general de Infraestructuras y Cooperación del Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario, el Director del Instituto Nacional para la Conservación de la Naturaleza, el Director general de la Energía, el Director general del Instituto Tecnológico Geominero de España y el representante del Ministerio los representantes de los Ministerios de Economía y Hacienda y de Sanidad y Consumo incluido incluidos en el apartado c) del articulo artículo 16.1; un Presidente de Organismo organismo de cuenca designado por el Ministro de Obras Públicas Públicas, Transportes y Transportes; Medio Ambiente; dos representantes del grupo a) y tres representantes del grupo d) de los definidos en el artículo 16.1, debiendo estos últimos ser representantes, respectivamente, de organizaciones que agrupen usuarios del agua para abastecimiento de población, regadío y usos industriales, y un representante de los vocales electivos, elegidos dentro de cada grupo,por grupo por sus componentes.
2. La Comisión Permanente además de establecer el orden del día del Pleno del Consejo y de proponer a éste la constitución de las Comisiones Especiales a que se refiere el artículo 12, informará aquellos asuntos de la competencia del Consejo Nacional del Agua que el propio Pleno le asigne.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de agosto de 2009 En vigor BOE-A-2009-13929 Leer Qué cambió
2 de octubre de 1996 BOE-A-1996-21762 Leer Qué cambió
7 de abril de 1994 BOE-A-1994-7652 Leer Qué cambió
21 de febrero de 1992 BOE-A-1992-4037 Leer Qué cambió
1 de septiembre de 1988 Texto original Leer

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