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Legislación › Real Decreto 1065/1988, de 16 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Agencia para el aceite de oliva.

Disposición final segunda.

Disposición final segunda.

De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional segunda de la Ley 28/1987, de 11 de diciembre, por el Ministro de Economía y Hacienda, se efectuarán las modificaciones presupuestarlas precisas para dar cumplimiento a lo preceptuado en el presente Real Decreto.

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