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Legislación › Orden de 5 de octubre de 1988 por la que se aprueba el Reglamento de la Escuela Diplomática.

Art. 16.

Art. 16.

Se entiende por alumnos de la Escuela Diplomática los participantes en tos distintos cursos que ésta organiza, conforme a las funciones y actividades que le corresponde.

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