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Legislación › Ley 5/1988, de 17 de octubre, de «Iniciativa Legislativa Popular y de los Ayuntamientos».

Disposición final segunda.

Disposición final segunda.

Se autoriza al Consejo de Gobierno para dictar las disposiciones pertinentes para el desarrollo y cumplimiento de esta Ley.

Se renumera por la disposición final de la Ley autonómica 8/2011, de 5 de diciembre. BOE-A-2011-20372.

Su anterior numeración era disposición final 1.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
4 de enero de 2012 En vigor BOE-A-2011-20372 Leer Qué cambió
26 de octubre de 1988 Texto original Leer

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