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Legislación › Real Decreto 1338/1988, de 28 de octubre, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la Elaboración y Venta de Horchata de Chufa.

Art. 13. Requisitos industriales.

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Art. 13. Requisitos industriales.
Los fabricantes o elaboradores de horchatas cumplirán obligatoriamente las siguientes exigencias:
13.1 Todos los locales destinados a la elaboración, envasado y en general a cualquier manipulación de materias primas, productos intermedios o finales estarán debidamente acondicionados para su cometido específico.
13.2 Les serán de aplicación los reglamentos vigentes de recipientes a presión, electrotécnicos para alta y baja tensión y, en general, cualesquiera otros de carácter industrial y de higiene laboral que conforme a su naturaleza o a su fin corresponda.
13.3 Los recipientes, máquinas, tuberías y utensilios destinados a estar en contacto con los productos elaborados, con sus materias primas o con los productos intermedios, serán de materiales que no alteren las características de su contenido ni las de ellos mismos.
13.4 Igualmente deberán ser inalterables frente a los productos utilizados para su limpieza.
13.5 El agua utilizada en la elaboración de las horchatas será potable desde los puntos de vista físico, químico y microbiológica.
13.6 Cuando se realice la operación de envasado, se dispondrá de los dispositivos necesarios para la limpieza de los envases y garantía de su perfecta higiene.
13.7 Las industrias comprendidas en el ámbito de aplicación de la presente Reglamentación, se someterán a las desinfecciones, desratizaciones y desinsectaciones necesarias, las cuales serán realizadas por el personal idóneo, con los procedimientos y productos aprobados por el organismo competente y sin que en ningún caso se puedan utilizar sobre los alimentos o sobre las superficies con las que aquéllos entren en contacto; se utilizarán según las prescripciones del fabricante, evitando que transmitan a los mismos propiedades nocivas o características anormales.
(Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de marzo de 2013 En vigor BOE-A-2013-3402 Leer Qué cambió
30 de noviembre de 1988 Texto original Leer

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