Legislación › Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad.
Artículo 10.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 5 de diciembre de 1988 y la del 1 de enero de 2010.
Tachado: lo que se quitó (76 palabras). Subrayado: lo que se añadió (47 palabras).
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Artículo 10.
A lo efectos de esta Ley: El anunciante tiene derecho a controlar la
– Espersona natural o jurídica en cuyo interés se realiza ejecución de la campaña de publicidad.
– Son Para garantizar este derecho, las organizaciones sin fines lucrativos constituidas legalmente en forma tripartita por anunciantes, agencias de publicidad las personas naturales o jurídicas que se dediquen profesionalmente y de manera organizada a crear, preparar, programar o ejecutar publicidad por cuenta de un anunciante. medios de
Tendrán la consideración depublicidad las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, que, de manera habitual y organizada, se dediquen a difusión podrán comprobar la difusión de publicidad a través de los soportes o medios publicitarios y, en especial, las cifras de comunicación social cuya titularidad ostenten. tirada y venta de publicaciones periódicas.
Esta comprobación se hará en régimen voluntario.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2010 En vigor | BOE-A-2009-21162 | Leer | Qué cambió |
| 5 de diciembre de 1988 | Texto original | Leer |


