Legislación › Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad.
Artículo 30.
Artículo 30.
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única.2.12 de la Ley 1/2000, de 7 de enero. BOE-A-2000-323
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 8 de enero de 2001 En vigor | BOE-A-2000-323 | Leer | Qué cambió |
| 5 de diciembre de 1988 | Texto original | Leer |


