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Legislación › Real Decreto 1468/1988, de 2 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de etiquetado, presentación y publicidad de los productos industriales destinados a su venta directa a los consumidores y usuarios.

Artículo único.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 28 de diciembre de 1988 y la del 23 de octubre de 1989. Tachado: lo que se quitó (25 palabras). Subrayado: lo que se añadió (87 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo único.
Se aprueba el adjunto Reglamento de etiquetado, presentación Etiquetado, Presentación y publicidad Publicidad de los productos industriales destinados Productos Industriales Destinados a su venta directa Venta Directa a los consumidores Consumidores y usuarios, Usuarios, con el carácter de norma básica, en virtud de las habilitaciones conferidas la habilitación conferida al Estado por las reglas 1.ª y 13 la regla I del artículo 149.1 de la Constitución, salvo por lo que se refiere a los artículos 9.° 6.º, 7.º, en sus apartados 5 y 10 7 , y artículo 8.º, apartado 1. Los demás preceptos regirán, con carácter supletorio, para las Comunidades Autónomas que no estatutariamente hayan asumido la competencia plena sobre defensa de los consumidores y usuarios, excepto los artículos 2.º y 4.º, que tendrán tal carácter. vigencia en todo el Estado, en virtud de lo dispuesto en la regla 10 del artículo 149.1 de la Constitución Española.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
23 de octubre de 1989 En vigor BOE-A-1989-23273 Leer Qué cambió
28 de diciembre de 1988 Texto original Leer

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