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Legislación › Ley 37/1988, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1989.

ANEXO VII

ANEXO VII

Costes de personal de las Universidades de competencia de la Administración del Estado

Conforme a lo dispuesto en el artículo 16 de esta Ley, el coste de personal funcionario docente y no docente y contratado docente tiene el siguiente detalle por Universidades, en miles de pesetas, sin incluir trienios ni Seguridad Social:

Universidades

Personal docente

–

Funcionario

y contratado

Personal

no docente

–

Funcionario

Alcalá de Henares. 1.251.290 298.256
Baleares. 957.554 201.107
Cantabria. 1.413.242 308.941
Castilla-La Mancha. 1.097.783 204.493
Extremadura. 1.786.254 305.228
León. 1.208.417 262.748
Madrid (Complutense). 10.412.202 1.458.376
Madrid (Autónoma). 3.742.812 629.677
Madrid (Politécnica). 6.366.839 1.319.161
Murcia. 2.664.946 414.531
Oviedo. 3.027.163 542.417
Salamanca. 3.148.645 433.382
Valladolid. 3.497.967 533.781
Zaragoza. 4.214.807 629.593
UNED. 2.006.178 575.309

Se incrementan en un 5 por 100 las cifras contenidas en este anexo por el art. 1 del Real Decreto-ley 7/1989, de 29 de diciembre. BOE-A-1989-30591

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 1990 En vigor BOE-A-1989-30591 Leer Qué cambió
1 de enero de 1989 Texto original Leer

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