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Legislación › Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demarcación y de Planta Judicial.

Artículo 57.

Artículo 57.

(Sin contenido)

Téngase en cuenta que esta actualización, establecida por la disposición final 8.15 de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, BOE-A-2025-76, entra en vigor el 3 de abril de 2025, según determina su disposición final 38.1.

Redacción anterior:

"Las Salas de lo Contencioso-Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia tendrán la competencia que a la entrada en vigor de esta Ley corresponde a las Salas de lo Contencioso-Administrativo de las Audiencias Territoriales, en tanto no se pongan en funcionamiento los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo."

Se deja sin contenido, con efectos de 3 de abril de 2025, por la disposición final 8.15 de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero. BOE-A-2025-76

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
3 de abril de 2025 En vigor BOE-A-2025-76 Leer Qué cambió
19 de enero de 1989 Texto original Leer

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