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Legislación › Orden de 23 de diciembre de 1988 por la que se aprueba el nuevo Reglamento de Organización y Funcionamiento Interno del Consejo Social de la Universidad de León.

Art. 20.

Art. 20.

El quórum para la válida constitución del Pleno será el de la mayoría absoluta de sus componentes.

Si no hubiera quórum, el Pleno se constituirá en segunda convocatoria media hora después de la señalada para la primera. En este segundo supuesto será suficiente la asistencia de la tercera parte de sus miembros.

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