Legislación › Ley 12/1989, de 9 de mayo de 1989, de la Función Estadística Pública.
Disposición transitoria segunda.
Disposición transitoria segunda.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 34.3 de esta Ley, los Ministerios podrán celebrar convenios con el Instituto Nacional de Estadística para la informatización de sus archivos y registros.
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