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Legislación › Real Decreto 555/1989, de 19 de mayo, sobre anotación y cancelación de notas desfavorables en la documentación militar personal.

Art. 7.

Art. 7.

La cancelación de una nota desfavorable no llevará consigo la desaparición de las consecuencias o efectos administrativos que se reflejen en otras partes de la documentación militar personal: Cómputo de tiempo de servicio o suspensión de empleo, pérdida de puestos en el escalafón o baja en el destino o en las Fuerzas Armadas o Guardia Civil, por ser vicisitudes de la vida profesional militar, aunque no se consignará el motivo o se hará desaparecer si consta.

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