Legislación › Real Decreto 555/1989, de 19 de mayo, sobre anotación y cancelación de notas desfavorables en la documentación militar personal.
Art. 8.
Art. 8.
Los expedientes de cancelación de notas desfavorables se resolverán en el plazo máximo de dos meses contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud, y los efectos de la cancelación acordada se retrotraerán a la indicada fecha.


