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Legislación › Real Decreto 555/1989, de 19 de mayo, sobre anotación y cancelación de notas desfavorables en la documentación militar personal.

Art. 8.

Art. 8.

Los expedientes de cancelación de notas desfavorables se resolverán en el plazo máximo de dos meses contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud, y los efectos de la cancelación acordada se retrotraerán a la indicada fecha.

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