Legislación › Real Decreto 582/1989, de 19 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Bibliotecas Públicas del Estado y del Sistema Español de Bibliotecas.
Artículo 19. Servicios de las Bibliotecas Públicas del Estado.
Artículo 19. Servicios de las Bibliotecas Públicas del Estado.
Las Bibliotecas Públicas del Estado deben prestar, al menos, los siguientes servicios:
a) Lectura en sala, incluyendo sección infantil y sala de publicaciones periódicas.
b) Préstamo individual, colectivo e interbibliotecario.
c) Información bibliográfica.


