Legislación › Ley 4/1989, de 2 de mayo, de la Audiencia de Cuentas de Canarias.
Artículo 36.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de mayo de 1989 y la del 9 de abril de 2002.
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Artículo 36.
1. Bajo la dependencia directa de los Auditores, se encuadrará el personal necesario para que aquéllos puedan desarrollar eficazmente su labor.
2. El personal técnico superior será seleccionado al servicio de la Audiencia de Cuentas de Canarias estará integrado por oposición o los siguientes Cuerpos y Escalas:
a) Cuerpo de Letrados.
b) Cuerpo de Técnicos.
Escala de Técnicos de Auditoría.
Escala de Técnicos de Administración General.
c) Cuerpo de Gestión.
Escala de Técnicos de Gestión de Auditoría.
Escala de Técnicos de Gestión General.
d) Cuerpo de Administrativos.
e) Cuerpo de Auxiliares Administrativos.
3.1 Serán funciones propias de cada Cuerpo y Escala las siguientes:
I. Cuerpo de Letrados:
Representación y defensa en juicio de la Audiencia de Cuentas de Canarias.
Asesoramiento jurídico.
Resolver las consultas y emitir los informes que le sean solicitados.
II. Cuerpo de Técnicos:
a) Escala de Técnicos de Auditoría:
Planificar cada fiscalización y los correspondientes programas de trabajo.
Dirigir, coordinar y supervisar las tareas a desarrollar por concurso-oposición los ayudantes de entre personas auditoría.
Redactar el proyecto de informe con los resultados de la fiscalización.
b) Escala de Técnicos de Administración General:
Organización, control, coordinación e impulso de las tareas administrativas, económicas y cualesquiera otras que estén se le encomiende por la Secretaría General.
Con carácter general, funciones de apoyo de todas las Unidades.
III. Cuerpo de Gestión:
a) Escala de Técnicos de Gestión de Auditoría:
Tareas de verificación y análisis que le sean encomendadas por los Consejeros y por los Técnicos auditores.
Informar a los Técnicos auditores del estado de las verificaciones y de cuantas incidencias surjan en posesión torno a las mismas.
b) Escala de un título adecuado. Técnicos de Gestión General:
3. El personal técnico Gestión y seguimiento de grado medio cuantos expedientes administrativos, económicos y el personal de cualquier naturaleza competan a la Secretaría General.
Con carácter general, funciones de apoyo a los Técnicos de Administración General.
IV. Cuerpo de Administrativos:
Tramitación y seguimiento de cuantos asuntos deriven de la gestión administrativa.
Funciones de apoyo, en general, a las diferentes Unidades administrativas.
V. Cuerpo de Auxiliares Administrativos:
Tratamiento de textos, ordenación de expedientes y gestión y custodia de documentos.
Funciones de apoyo, a nivel auxiliar, administrativo a las diferentes Unidades administrativas.
3.2 Para ingresar en los diferentes Cuerpos y subalterno Escalas será igualmente seleccionado por preciso contar con los mismos procedimientos establecidos siguientes títulos:
En el Cuerpo de Letrados: El título de Licenciado en Derecho.
En la Escala de Técnicos de Auditoría: Doctor, Ingeniero, Licenciado o equivalente.
En la Escala de Técnicos de Administración General: Doctor, Ingeniero, Licenciado o equivalente.
En la Escala de Técnicos de Gestión de Auditoría: El título de Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Diplomado Universitario o Formación Profesional de tercer grado o equivalente.
En la Escala de Técnicos de Gestión General: El título de Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Diplomado Universitario o Formación Profesional de tercer grado o equivalente.
En el apartado 2 Cuerpo de este artículo. Administrativos: El título de Bachillerato Unificado Polivalente, Formación Profesional de segundo grado o equivalente.
En el Cuerpo de Auxiliares Administrativos: El título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente.
3.3 El sistema de ingreso será de concurso-oposición.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2019 En vigor | BOE-A-2019-860 | Leer | Qué cambió |
| 9 de abril de 2002 | BOE-A-2002-7712 | Leer | Qué cambió |
| 9 de mayo de 1989 | Texto original | Leer |


