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Legislación › Real Decreto 726/1989, de 23 de junio, sobre Sociedades Rectoras y miembros de las Bolsas de Valores, Sociedad de Bolsas y Fianza Colectiva.

Art. 9. Capital social.

Art. 9. Capital social.

Las acciones de las Sociedades Rectoras de las Bolsas de Valores serán nominativas y deberán estar íntegramente desembolsadas en todo momento.

Se modifica por el art. 1.2 del Real Decreto 363/2007, de 16 de marzo. BOE-A-2007-5678.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
18 de marzo de 2007 En vigor BOE-A-2007-5678 Leer Qué cambió
25 de junio de 1989 Texto original Leer

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