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Legislación › Ley 8/1988, de 13 de diciembre, por la que se autoriza la modificación de los Estatutos de la Fundación Pública «Centro Regional de Bellas Artes», y se crea el Organismo autónomo Orquesta Sinfónica del Principado de Asturias.

Art. 12.

Art. 12.

1. El Gerente del Organismo será nombrado por el Consejero de Educación, Cultura y Deportes, por designación libre, previa convocatoria pública e informe favorable del Consejo Rector.

2. Corresponde al Gerente:

a) Cuidar la ejecución de los acuerdos del Consejo Rector y de las resoluciones del Presidente del Organismo.

b) Ejercer las funciones necesarias para realizar los programas y actividades del Organismo que no estén expresamente atribuidos al Consejo Rector o al Presidente.

c) Asumir la ordenación de los gastos que no competan al Presidente, y la de los pagos.

d) Asumir la dirección administrativa del Organismo.

e) Ejercer la administración, gestión y recaudación de los derechos económicos del Organismo.

f) Autorizar los contratos públicos y privados cuando por su cuantía no corresponda al Presidente.

g) Ejercer la Jefatura del Personal del Organismo.

h) Preparar los estudios y propuestas previos a la adopción de acuerdos y resoluciones por el Consejo Rector y su Presidente, y desempeñar cuantas otras funciones no estén expresamente reservadas a éstos.

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