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Legislación › Instrumento de Ratificación del Convenio para la Salvaguarda del Patrimonio Arquitectónico de Europa, hecho en Granada el 3 de octubre de 1985.

Artículo 15.

Artículo 15.

Cada Parte se compromete a:

1. Sensibilizar al público sobre el valor de la conservación del patrimonio arquitectónico como elemento de identidad cultural, como fuente de inspiración y creatividad para las generaciones presentes y futuras.

2. Y a este objeto, promover políticas para divulgar información y fomentar una mayor sensibilización, especialmente mediante el empleo de técnicas modernas de comunicación y promoción, con la finalidad concreta de:

a) Despertar o incrementar el interés del público, ya desde la edad escolar, por la protección del patrimonio, la calidad de las construcciones y de las obras arquitectónicas.

b) Demostrar la unidad del patrimonio cultural y los vínculos que existen entre la arquitectura, las artes, las tradiciones populares y los modos de vida a nivel europeo, tanto nacional como regional.

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