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Legislación › Ley 11/1989, de 10 de julio, de Creación del Instituto Catalán de la Mujer.

Artículo 5.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 22 de julio de 2004 y la del 9 de mayo de 2008. Tachado: lo que se quitó (33 palabras). Subrayado: lo que se añadió (32 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 5.
5.1 1. La composición de la Junta de Gobierno está determinada se determina por reglamento reglamento. La Dirección Ejecutiva con rango de dirección general es miembro de la Junta de Gobierno y sus miembros son nombrados es nombrada por el Gobierno, a propuesta del presidente o presidenta de la Generalidad. Gobierno.
5.2 Los 2. Las personas que son miembros de la Junta de Gobierno deberán ser nombrados preferentemente entre personas que se hayan deben haberse significado por su labor tarea en favor de la igualdad y de la promoción de la mujer. las mujeres.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
12 de agosto de 2015 En vigor BOE-A-2015-9676 Leer Qué cambió
9 de mayo de 2008 BOE-A-2008-9294 Leer Qué cambió
22 de julio de 2004 BOE-A-2004-16713 Leer Qué cambió
13 de julio de 1989 Texto original Leer

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