Legislación › Ley 11/1989, de 10 de julio, de Creación del Instituto Catalán de la Mujer.
Artículo 5.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 22 de julio de 2004 y la del 9 de mayo de 2008.
Tachado: lo que se quitó (33 palabras). Subrayado: lo que se añadió (32 palabras).
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Artículo 5.
5.1 1. La composición de la Junta de Gobierno está determinada se determina por reglamento reglamento. La Dirección Ejecutiva con rango de dirección general es miembro de la Junta de Gobierno y sus miembros son nombrados es nombrada por el Gobierno, a propuesta del presidente o presidenta de la Generalidad. Gobierno.
5.2 Los 2. Las personas que son miembros de la Junta de Gobierno deberán ser nombrados preferentemente entre personas que se hayan deben haberse significado por su labor tarea en favor de la igualdad y de la promoción de la mujer. las mujeres.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 12 de agosto de 2015 En vigor | BOE-A-2015-9676 | Leer | Qué cambió |
| 9 de mayo de 2008 | BOE-A-2008-9294 | Leer | Qué cambió |
| 22 de julio de 2004 | BOE-A-2004-16713 | Leer | Qué cambió |
| 13 de julio de 1989 | Texto original | Leer |


