Legislación › Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección.
Artículo 27.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 28 de julio de 1989 y la del 1 de enero de 2004.
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Artículo 27.
1. Las infracciones previstas tipificadas en el artículo anterior se sancionarán en la forma y con multa cuya cuantía que determine la legislación básica estatal. En el ámbito se establecerá de acuerdo con la Comunidad Autónoma de Andalucía serán competentes siguiente graduación:
a) Las infracciones leves, con multa desde 60,10 hasta 601,01 euros.
b) Las infracciones graves, con multa desde 601,02 hasta 60.101,21 euros.
c) Las infracciones muy graves, con multa desde 60.101,22 hasta 300.506,05 euros.
2. La competencia para la imposición de sanciones: Los Directores provinciales imponer las sanciones corresponderá:
a) A los Delegados Provinciales de la Agencia Consejería competente en materia de Medio Ambiente, medio ambiente: hasta 5.000.000 60.101,21 euros.
b) Al titular de pesetas; el Director la Consejería competente en materia de este Organismo, medio ambiente: desde 60.101,22 euros hasta 25.000.000 de pesetas, y el 150.253 euros.
c) Al Consejo de Gobierno, hasta 50.000.000 de pesetas. Gobierno: las superiores a 150.253 euros.
2. 3. Las sanciones se graduarán en función del daño irrogado al medio natural, grado de culpabilidad, reincidencia y beneficio obtenido.
3. 4. Cuando la cuantía el beneficio derivado de la multa comisión de las infracciones tipificadas en el artículo anterior resulte inferior superior al beneficio obtenido con importe de la comisión sanción que le corresponda de acuerdo con el presente artículo, la infracción, cuantía de la sanción misma será aumentada incrementada hasta el una cantidad equivalente al doble del límite en que se haya beneficiado beneficio obtenido por el infractor.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2004 En vigor | BOE-A-2004-1739 | Leer | Qué cambió |
| 28 de julio de 1989 | Texto original | Leer |


