Legislación › Ley 11/1988, de 26 de diciembre, del Síndico de Agravios.
Artículo 38.
Artículo 38.
El Síndico de Agravios elaborará el Proyecto de Presupuestos a que se refiere el artículo anterior remitiéndolo a la Mesa de las Cortes a los efectos oportunos.


