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Legislación › Ley 11/1988, de 26 de diciembre, del Síndico de Agravios.

Artículo 38.

Artículo 38.

El Síndico de Agravios elaborará el Proyecto de Presupuestos a que se refiere el artículo anterior remitiéndolo a la Mesa de las Cortes a los efectos oportunos.

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