Legislación › Ley 4/1989, de 21 de julio, de Ordenación Agraria y Desarrollo Rural.
Artículo 5.
Artículo 5.
Los órganos competentes de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias en materia agraria son el Consejo de Gobierno y la Consejería de Agricultura y Pesca.


