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Legislación › Ley 4/1989, de 21 de julio, de Ordenación Agraria y Desarrollo Rural.

Artículo 5.

Artículo 5.

Los órganos competentes de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias en materia agraria son el Consejo de Gobierno y la Consejería de Agricultura y Pesca.

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