Legislación › Ley 4/1989, de 21 de julio, de Ordenación Agraria y Desarrollo Rural.
Artículo 62.
Artículo 62.
El Secretario de la Comisión Regional del Banco de Tierras será designado por el Consejero de Agricultura y Pesca, previo proceso selectivo, de entre los empleados públicos del Principado de Asturias.


