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Legislación › Ley 4/1989, de 21 de julio, de Ordenación Agraria y Desarrollo Rural.

Artículo 62.

Artículo 62.

El Secretario de la Comisión Regional del Banco de Tierras será designado por el Consejero de Agricultura y Pesca, previo proceso selectivo, de entre los empleados públicos del Principado de Asturias.

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