Legislación › Ley 4/1989, de 21 de julio, de Ordenación Agraria y Desarrollo Rural.
CAPÍTULO VIII
Comparación entre la redacción en vigor desde el 10 de septiembre de 1989 y la del 3 de marzo de 2005. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor
CAPÍTULO VIII
De los aprovechamientos de montes comunales y vecinales en mano común
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 3 de marzo de 2005 En vigor | BOE-A-2005-393 | Leer | Qué cambió |
| 10 de septiembre de 1989 | Texto original | Leer |


