Legislación › Real Decreto 1095/1989, de 8 de septiembre, por el que se declaran las especies objeto de caza y pesca y se establecen normas para su protección.
Disposición adicional segunda.
Disposición adicional segunda.
(Anulada)
Se declara la nulidad por Sentencia del TC 102/1995, de 26 de junio. BOE-T-1995-18444., correspondiendo las competencias controvertidas a las Comunidades Autónomas de Aragón, Cantabria, Castilla y León, Cataluña, las Islas Baleares y del País Vasco.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de julio de 1995 En vigor | BOE-A-1995-18444 | Leer | Qué cambió |
| 13 de septiembre de 1989 | Texto original | Leer |
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