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Legislación › Real Decreto 1118/1989, de 15 de septiembre, por el que se determinan las especies objeto de caza y de pesca comercializables y se dictan normas al respecto.

Disposición adicional segunda.

Disposición adicional segunda.

La autorización de exportación establecida en el artículo 5.º no es de aplicación a los derivados industriales de las especies comercializables, cuyo comercio exterior se regirá por las normas especificas que le sean de aplicación.

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