LexTotal

Legislación › Real Decreto 1119/1989, de 15 de septiembre, por el que se regula el tráfico de embarcaciones especiales de alta velocidad en las aguas marítimas españolas.

Disposición adicional.

Disposición adicional.

Lo dispuesto en el presente Real Decreto no será de aplicación a las embarcaciones EAV utilizadas por entidades sin fines de lucro para el salvamento de vidas humanas, debidamente autorizadas por el Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones, a través de la Dirección General de la Marina Mercante, ni a las empleadas por las Administraciones Publicas en el ejercicio de sus competencias.

← Art 9 Índice Disposición final primera →