Legislación › Ley Foral 10/1988, de 29 de diciembre, de Saneamiento de las Aguas Residuales de Navarra.
Artículo 17.
Artículo 17.
La exacción del canon de saneamiento es incompatible con la imposición de contribuciones especiales o tasas aplicadas a la implantación y explotación de estaciones de tratamiento, pero es compatible con la percepción de tasas y con cualquier otro precio o recurso legalmente autorizado para costear la prestación del servicio de abastecimiento de agua, alcantarillado, colectores generales y redes locales de saneamiento que no son objeto de la presente Ley Foral.
Se modifica por la disposición adicional 15 de la Ley Foral 5/1991, de 26 de febrero. BOE-A-1991-23567.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 19 de marzo de 1991 En vigor | BOE-A-1991-23567 | Leer | Qué cambió |
| 31 de diciembre de 1988 | Texto original | Leer |


