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Legislación › Ley 10/1988, de 29 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1989.

Artículo 3. Gastos plurianuales.

Artículo 3. Gastos plurianuales.

1. Podrán adquirirse compromisos por gastos que hayan de extenderse a ejercicios posteriores al que se refiere esta Ley, además de en los casos previstos en el artículo 39 de la citada Ley General de Hacienda, y con las prevenciones contenidas en el mismo en los siguientes:

a) Subvenciones y ayudas.

b) Concesión de préstamos para la financiación de viviendas protegidas de promoción pública o privada.

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