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Legislación › Ley 10/1988, de 29 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1989.

ANEXO

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 1989 y la del 30 de diciembre de 2021. Tachado: lo que se quitó (447 palabras). Subrayado: lo que se añadió (2 palabras). Volver al texto en vigor

ANEXO
Tasa 01.01 del «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía»
Suscripciones ·
Pesetas ·
IVA
‒
Pesetas
·
Tasa
‒
Pesetas
·
1. Tasas por suscripciones al BOJA
a) Anual
·
10.000 ·
600 ·
10.600 ·
b) Segundo, 3.° y 4.° trimestre. ·
7.500 ·
450 ·
7.950 ·
c) Segundo semestre. ·
5.000 ·
300 ·
5.300 ·
d) Cuarto trimestre. ·
2.500 ·
150 ·
2.650 ·
2. Tasas por números sueltos
Fascículos sueltos.
·
66 ·
3,96 ·
70 ·
3. Tasas por anuncios e inserciones
170 pesetas la línea de un milímetro de altura en columna de dieciocho cíceros.
Tasa 16.03 por servicios facultativos veterinarios
2.3 Aves y conejos:
2.3.1 Por animal adulto: 0,5 pesetas.
Tasa 17.01 por servicios sanitarios
4. Inspecciones Sanitarias Veterinarias
4.1 Aplicación de cada plaza sanitaria a cueros y pieles 3 pesetas. Por inspecciones a secaderos y saladeros de jamones y paletas 172 pesetas por tonelada vendida.
4.3 Por inspecciones a:
4.3.1 Mataderos de:
Carne bovina: 35 pesetas por unidad.
Carne porcina: 7 pesetas por unidad.
Carne de ovino y caprino: 10 pesetas por unidad.
Carne de solípedo: 35 pesetas por unidad.
Carne de aves y pollos: 0,25 pesetas por unidad.
Carne de conejo: 0,5 pesetas por unidad.
4.3.2 Fábrica de embutidos y elaborados cárnicos 120 pesetas por tonelada vendida.
4.3.3 Sala de despiece 32 pesetas por tonelada vendida.
4.3.4 Taller de tripa 300 pesetas por tonelada vendida.
4.3.5 Almacén de productos cárnicos y elaborados 50 pesetas por tonelada vendida.
4.3.6 Lonjas o centros de distribución primarios 50 pesetas por tonelada vendida.
Tasa 18.01 por servicios académicos
COU ·
Escuelas Idiomas
‒
Pesetas
·
Conserv.
Escue. Art. Dram.
Danza
‒
Pesetas
·
1. Alumnos oficiales
1.1 Inscripción (primera vez).
·
1.450 ·
1.450 ·
1.2 Matrícula curso completo. ·
‒ ·
‒ ·
1.3 Matrícula asignaturas sueltas. ·
3.500 ·
2.500 ·
1.4 Servicios generales. ·
540 ·
540 ·
1.5 Traslado de matrículas o expediente académico. ·
280 ·
280 ·
2. Alumnos Centros homologados
2.1 Inscripción (primera vez).
·
·
·
2.2 Servicios generales. ·
·
·
3. Alumnos Centros habilitados, reconocidos, autorizados o libres y alumnos de enseñanza libre
3.1 Inscripción (primera vez).
·
1.450 ·
1.450 ·
3.2 Derechos de examen (por asignatura). ·
1.170 ·
1.170 ·
3.3 Servicios generales. ·
540 ·
540 ·
3.4 Traslado de matrícula o expediente académico. ·
280 ·
280 ·
4. Examen de reválida o aptitud
4.1 (Alumnos oficiales, libres).
·
3.500 ·
‒ ·
5. Cursos monográficos
5.1 (Por mes).
·
3.930 ·
3.930 ·
Tasa 16.31.01 por servicios del IARA en materia agraria
Andalucía
14.2 Por la inspección de las obras ejecutadas directamente por los beneficiarios y subvencionadas por el IARA, 0 por 100. (Derogado).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de diciembre de 2021 En vigor BOE-A-2022-758 Leer Qué cambió
1 de enero de 1989 Texto original Leer

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