Legislación › Orden de 6 de marzo de 1989 sobre diario de navegación, cuaderno de bitácora y cuaderno de máquinas.
Cuarto.
Cuarto.
Son autoridades competentes para efectuar la legalización de los citados documentos la Dirección General de la Marina Mercante, Capitanes de Puerto y Consulados de España en país extranjero. Dichas autoridades deberán comprobar que estos documentos se ajustan a los modelos que esta Orden establece.


