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Legislación › Ley 7/1989, de 12 de abril, de Bases de Procedimiento Laboral.

BASE VIGESIMOCUARTA

BASE VIGESIMOCUARTA

Procesos por vacaciones, en materia electoral y sobre clasificaciones profesionales

1. Los procesos relativos a fecha de disfrute de vacaciones y a materia electoral serán objeto de tramitación preferente.

2. Cuando el proceso verse sobre clasificación profesional, se acompañará a la demanda informe de los representantes legales de los trabajadores. El Juez recabará informe de la Inspección de Trabajo,

3. Contra la sentencia que recaiga en cualquiera de los expresados procesos no se dará recurso alguno.

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