Legislación › Ley Orgánica 2/1989, de 13 de abril, Procesal Militar.
Artículo 445.
Artículo 445.
Si el Tribunal denegara la previa autorización, en el mimo auto resolverá sobre posibles responsabilidades penales o disciplinarias que resultase de lo actuado, adoptándose las medidas que procedan dentro de sus atribuciones.


