Legislación › Real Decreto 391/1989, de 21 de abril, por el que se establece la cuantía del complemento de destino de los miembros del Poder Judicial y del Ministerio Fiscal.
Artículo 2. Cuantificación.
Artículo 2. Cuantificación.
1. El complemento de destino se determinará en función del número de puntos que, de conformidad con lo establecido en los artículos siguientes, corresponde a los diferentes puestos de trabajo.
2. El valor del punto se determinará con arreglo a la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio económico.


