Legislación › Real Decreto 391/1989, de 21 de abril, por el que se establece la cuantía del complemento de destino de los miembros del Poder Judicial y del Ministerio Fiscal.
Artículo 3. Conceptos que abarca el complemento de destino.
Artículo 3. Conceptos que abarca el complemento de destino.
El número de puntos estará en función de los siguientes conceptos:
a) Lugar de destino, especial cualificación de éste y volumen de trabajo.
b) Jerarquía, carácter de la función y representación inherente al cargo.
c) Especial responsabilidad en el gobierno interno de los Tribunales y Juzgados.
d) Penosidad.
e) Ejercicio conjunto de otra función en la Administración de Justicia o sustitución, con independencia del cargo del que sea titular el interesado.


