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Legislación › Real Decreto 391/1989, de 21 de abril, por el que se establece la cuantía del complemento de destino de los miembros del Poder Judicial y del Ministerio Fiscal.

Artículo 6. Por representación inherente al cargo.

Artículo 6. Por representación inherente al cargo.

Por la representación inherente al cargo, se acreditará a los Jueces y Magistrados y Fiscales equiparados los siguientes puntos:

Grupo primero: 30 puntos.

Grupo segundo: 27 puntos.

Grupo tercero: 22 puntos.

Grupo cuarto: 14 puntos.

Grupo quinto: 12 puntos.

Grupo sexto: 10 puntos.

Grupo séptimo: 5 puntos.

Grupo octavo: 2,5 puntos.

Grupo noveno: 1 punto.

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