Legislación › Real Decreto 391/1989, de 21 de abril, por el que se establece la cuantía del complemento de destino de los miembros del Poder Judicial y del Ministerio Fiscal.
Artículo 6. Por representación inherente al cargo.
Artículo 6. Por representación inherente al cargo.
Por la representación inherente al cargo, se acreditará a los Jueces y Magistrados y Fiscales equiparados los siguientes puntos:
Grupo primero: 30 puntos.
Grupo segundo: 27 puntos.
Grupo tercero: 22 puntos.
Grupo cuarto: 14 puntos.
Grupo quinto: 12 puntos.
Grupo sexto: 10 puntos.
Grupo séptimo: 5 puntos.
Grupo octavo: 2,5 puntos.
Grupo noveno: 1 punto.


