Legislación › Real Decreto 644/1990, de 18 de mayo, por el que se dictan normas relativas al Registro Civil Central.
Artículo 1.
Artículo 1.
Las dos plazas de Magistrados del Registro Civil Central, así como las de los funcionarios al servicio de la Administración de Justicia que integren la plantilla de dicho Registro, se cubrirán conforme a las normas orgánicas vigentes sobre provisión de la vacante respectiva.


