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Legislación › Ley 5/1990, de 29 de junio, sobre medidas en materia presupuestaria, financiera y tributaria (procedente del Real Decreto-ley 7/1989, de 29 de diciembre).

Disposición transitoria cuarta. Impuesto sobre Actividades Económicas

Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de junio de 1990 y la del 13 de marzo de 1991. Tachado: lo que se quitó (31 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición transitoria cuarta. Impuesto sobre Actividades Económicas
Se prorroga hasta el 1 de enero de 1992, la fecha de comienzo de la aplicación del Impuesto sobre Actividades Económicas, respecto de las actividades agrícolas, ganaderas, forestales y pesqueras exclusivamente. (Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
13 de marzo de 1991 En vigor BOE-A-1991-6710 Leer Qué cambió
30 de junio de 1990 Texto original Leer

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