Legislación › Ley 9/1989, de 30 de noviembre, de Bibliotecas de Castilla y León.
Art. 7.
Art. 7.
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única.1 de la Ley 1/2012, de 28 de febrero. BOE-A-2012-4385.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de marzo de 2012 En vigor | BOE-A-2012-4385 | Leer | Qué cambió |
| 11 de enero de 1990 | Texto original | Leer |


