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Legislación › Real Decreto 960/1990, de 13 de julio, por el que se integra en el Régimen General de la Seguridad Social al personal interino al servicio de la Administración de Justicia.

Artículo 2. Acción protectora.

Artículo 2. Acción protectora.

El alcance de la acción protectora dispensada al personal interino al que se hace referencia en el artículo anterior, será el establecido en el artículo 114.1 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio.

Se modifica por el art. único.2 del Real Decreto 4/2006, de 13 de enero. BOE-A-2006-931.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
22 de enero de 2006 En vigor BOE-A-2006-931 Leer Qué cambió
1 de agosto de 1990 Texto original Leer

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