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Legislación › Acuerdo de 5 de julio de 1990, del Pleno del Tribunal Constitucional, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Personal del Tribunal Constitucional.

Art. 60.

Art. 60.

De conformidad con la disposición adicional primera, 2, de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, el Tribunal establece la plantilla de su personal, que sólo podrá ser modificada a través de la Ley de Presupuestos.

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