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Legislación › Ley 3/1990, de 29 de junio, de Función Pública de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Disposición adicional decimocuarta. Promoción cruzada del personal laboral.

Disposición adicional decimocuarta. Promoción cruzada del personal laboral.

Con carácter excepcional y de acuerdo con las condiciones y requisitos que se establezcan al efecto, el personal laboral perteneciente a las categorías de Operario y Operario Especializado podrá participar en las convocatorias de promoción interna del Cuerpo Auxiliar de Administración General.

Se añade por el art. 31 de la Ley 13/2005, de 16 de diciembre. BOE-A-2006-679

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